Desde el punto de vista tributario, el Estado ofrece incentivos fiscales para aquellos que invierten en la educación propia y de sus hijos. De hecho si eres asalariado te pueden devolver parte de estos gastos educativos. Sigue leyendo y enterate de como funciona.
Los trabajadores asalariados pueden deducir los gastos educativos reportados, en la declaración ir-18. Estos gastos deben estar debidamente documentados y ser realizados en instituciones educativas autorizadas por el Ministerio de Educación de la República Dominicana.
Es importate destacar que para esto debes de registrarte en la DGII, con la actividad de asalariado.
Para deducir los gastos educativos en la declaración de impuestos, los trabajadores asalariados deben presentar el Formulario IR-18 junto con sus comprobantes de pago. El IR-18 es un documento que se utiliza para informar al la DGII sobre los ingresos que tuviste en el año, retenciones y deducciones que realizan los empleadores en nombre de sus trabajadores.
Las personas físicas, además de los asalariados, también pueden deducir los gastos educativos realizados en favor de sus hijos. En este caso, la deducción se realiza en la declaración de impuestos anual, utilizando el Formulario IR-1.